Se debe de adjuntar al trámite:
- Plantilla de Alta, Baja o Modificación, cumplimentada y firmada (812).
- DNI (para persona física) o CIF (para persona jurídica).
- En caso de actuar en nombre de otra persona: documento autorización y DNI de la persona autorizada.
- Referencia catastral del local o vivienda para alquileres.
INFORMACIÓN CUOTA
La cuota del impuesto se gira en un recibo anual en el segundo semestre del año, aunque incluye la cuota de los trimestres naturales en los que ha estado de alta (prorrateo trimestral).
A partir del 1 de enero de 2021 están exentos de pagar el impuesto los sujetos pasivos que tengan en el año anterior un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros.
Esta exención se aplica a la cuota del impuesto, no exime de cumplir el resto de obligaciones de declaración de alta, baja o modificación.
Para la aplicación de la exención prevista en la letra g) del artículo 150.1 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, hay obligación de comunicar el Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) a la Hacienda Foral de Navarra, salvo los sujetos pasivos que lo hayan informado previamente en alguna declaración tributaria (IRPF, Impuesto de Sociedades o Modelo 184, según corresponda).
Tienen obligación de presentar el Modelo F-65:
1- Los sujetos pasivos que NO hayan informado previamente del Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) a la Hacienda Foral de Navarra en alguna declaración tributaria deberán presentar el Modelo F-65 en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 14 de febrero, ambos incluidos.
2- Los contribuyentes que inicien su actividad y NO hayan informado previamente el Importe Neto de la Cifra de Negocios (INCN) a la Hacienda Foral de Navarra deberán presentar el modelo F-65 en el plazo de un mes desde la fecha de presentación de la declaración de alta en el impuesto sobre actividades económicas.
Todo ello según la Orden Foral 16/2022, de 10 de febrero, de la Consejera de Economía y Hacienda.